Expediente No. 1005-2013

Sentencia de Casación del 17/03/2014

"…El recurrente argumentó en la apelación especial, que el tribunal lo había condenado, con base en indicios, sin que se hubiese producido prueba directa, y que si alguien dijo haberlo reconocido en el momento de los hechos, ello no se produjo como prueba en el juicio, ni a través de prueba anticipada, o en reconocimiento en fila de personas. Frente a este reclamo, sin prejuzgar la razón o sin razón del mismo, el recurrente tiene derecho a que se le explique, con base en los puntos concretos planteados, porqué no le asiste la razón y con base en qué consideraciones jurídicas se declaró sin lugar su apelación. En la casación planteada observa con razón que, la sala en su fallo, se limitó a señalar de manera general que la sentencia no tenía los problemas que señalaba el recurrente, que era, por tanto, lógica, que sus argumentos no manifestaban contradicción y que eran jurídicamente sostenibles (…) la sala, para validar su fallo, debe explicar al recurrente, si tiene o no relevancia jurídica, y en su caso cuál, que no exista prueba directa, y si los indicios a que se refiere el recurrente, son suficientes o no para condenarlo y porqué lo son…"